Seguramente ya sepas que, al darte de alta en el régimen simplificado, mas conocido como Monotributo o en el régimen general, más conocido como Responsable Inscripto, estas obligado a darte de alta en Ingresos Brutos.
La falta de cumplimiento con esta obligación genera multas y sanciones. Además, estas multas y sanciones acumulan intereses cuando no se pagan en tiempo y forma.
También pueden generar retenciones de ingresos brutos en las plataformas de pago o en el banco por valores muy altos. Esto es una forma de incentivo para que regularices tu situación.
La buena noticia es que cuando regularices tu situación, tendrás menos retenciones o descuentos en tus cobros. Realmente resulta mas barato estar en regla que no estarlo.
¿Qué es el Impuesto a los Ingresos Brutos?
Ingresos Brutos es un impuesto que aplican todas las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a todas las actividades económicas autónomas. Puede tratarse de un importe fijo por mes o un porcentaje o alícuota sobre el total de la facturación del negocio.
Todos los contribuyentes deben estar inscriptos y en ocasiones, están obligados a presentar una declaración jurada mensual. La falta de inscripción o presentación de las declaraciones juradas implica multas, intereses e intimaciones.
¿Qué son las retenciones a los Ingresos Brutos?
Las retenciones a los Ingresos Brutos son descuentos en tus cobros. Pueden realizarlo los bancos, Mercado Pago, Mercado Libre, u otros Agentes de Retención.
El monto descontado será tomado a cuenta del impuesto, es decir, al momento de preparar la declaración jurada de II.BB, se podrán descontar esas retenciones sufridas.
¿Cómo me doy de alta?
El alta en Ingresos Brutos puede realizarse 100% online. El régimen de Ingresos Brutos que te corresponde dependerá de donde está ubicado tu negocio y donde vendes.
En Wetrex Contadores te lo explicamos todo lo que necesitas saber, simple de entender:
Convenio Multilateral
Corresponde para aquellas personas que venden o prestan servicios a distintas provincias y jurisdicciones. Este régimen es el que corresponde para vendedores online que tienen ventas en distintas zonas del país. Si vendes en CABA y GBA, aunque no vendas a otras provincias también debes encuadrarte en convenio multilateral.
Deberás presentar una declaración jurada mensualmente, informando el monto facturado en cada jurisdicción y aplicar el porcentaje o alícuota que corresponda para obtener el impuesto a pagar. Si te realizaron retenciones o percepciones de Ingresos Brutos, podrá descontarlas al momento de realizar la declaración jurada. La falta de presentación en tiempo y forma implica multas, intereses e intimaciones
El tramite de alta se realiza a través de la web de AFIP.
Convenio Local
Corresponde a aquellas personas que venden o prestan servicios en la misma jurisdicción donde tienen su actividad. Este régimen corresponde para aquellos negocios que solo venden físicamente. Por ejemplo, un local de indumentaria de Provincia de Buenos Aires que solo efectúa ventas en su local en Provincia de Buenos Aires – no realiza envíos ni ventas online. Otro ejemplo es un profesional que vive en CABA y solo presta servicios a personas o empresas de CABA.
En este convenio corresponde inscribirse en la web de ARBA o en AGIP, por ejemplo.
Tanto en Convenio Local como en Convenio Multilateral, se debe presentar una declaración jurada mensual donde se informa el importe facturado en el mes pasado. Sobre ese importe se aplica un porcentaje. Este porcentaje dependerá de la actividad o producto que se venda y de la provincia donde se haya efectuado la venta. La alícuota más común suele ser un 3%.
Estas declaraciones tienen una fecha de vencimiento. Es muy importante realizarla en tiempo y forma para evitar sanciones, multas, intereses o posteriores intimaciones.
Regímenes simplificados
Existen en CABA, Entre Ríos, Mendoza, Córdoba, San Juan, Jujuy y Río Negro.
En CABA el alta se tramita en AGIP y se obtienen las boletas a abonar. Mientras que en las demás provincias, se abona en forma conjunta con el monotributo. En estos casos, los valores a abonar dependen de la categoría elegida de acuerdo con distintos parámetros como por ejemplo el monto estimado de ventas y de consumos.
En este Régimen debes abonar una cuota fija bimestralmente.
El trámite de alta se realiza a través de la web de AGIP o de AFIP.
¿Qué sucedes si no me inscribo en Ingresos Brutos?
Te contamos los riesgos de darte de alta en Monotributo o como Responsable Inscripto sin realizar el alta en Ingresos Brutos.
El primer riesgo es que AFIP detecte tu falta de inscripción en Ingresos Brutos y que te intime a regularizar tu situación. Tené en cuenta que, si te diste de alta, por ejemplo, en enero 2022 y AFIP te intima a darte de alta en noviembre 2022, el alta en ingresos brutos deberás realizarlo con fecha 1 de enero de 2022. Esto implica que tendrás multa por falta de presentación desde enero a noviembre. Son 11 meses de multas más intereses.
El segundo riesgo es de carácter económico. Al no estar inscripto los agentes de retención de ingresos brutos como el banco o Mercado Pago, obligados por AFIP te retendrán dinero en concepto de ingresos brutos en forma excesiva para alentarte a regularizar tu situación.
¿Que necesitas para darte de alta en ingresos brutos?
El único dato adicional que se requiere para hacer, y solo en algunos casos, es el numero de partida del domicilio desde donde se presta el servicio. ¿No lo tenes? No te preocupes, podemos conseguirlo por internet.
Por ende, el alta es super sencillo y al hacerlo estarás cumpliendo con la ley y evitando multas, sanciones, retenciones excesivas e intereses.
¿Cómo se paga ingresos brutos?
La forma de abonar ingresos brutos dependerá del régimen en el que estas inscripto.
Si estas inscripto en Convenio Local o Multilateral, deberás primero realizar una declaración jurada donde se informa el monto facturado, la alícuota que corresponde, y las retenciones que te hayan realizado.
Si estas inscripto en un Régimen Simplificado deberás abonar con tu credencial de Monotributo o tus volantes de pago que podrás descargar desde la web.
Se puede abonar en efectivo o a través de homebanking.
¿Cuánto se paga de ingresos brutos?
El monto a abonar ingresos brutos dependerá del régimen en el que estas inscripto.
Si estas inscripto en Convenio Local o Multilateral, dependerá de:
- Tu facturación
- Las jurisdicciones donde se efectuaron las ventas
- La actividad que realices
Por ejemplo: si facturas $10.000 y tu alícuota según tu actividad y jurisdicción donde se efectuó la venta es del 3%, el importe a pagar es de $300. Sin embargo, si tu banco o mercado pago te retuvieron por ejemplo $100. Este importe se toma como pago a cuenta y por ende solo tendrás que abonar $200.
Si estas inscripto en un régimen simplificado, deberás abonar un monto fijo según tu volumen de ventas.
CABA – Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Si realizas ventas en esta jurisdicción podrás inscribirte en:
- Régimen Simplificado: cuando desarrolles tu actividad solo en esta jurisdicción y factures menos de $1.739.493, tu local posea menos de 200m2 y consumas menos de 20.000 KW de energía.
- Régimen Local: cuando desarrolles tu actividad solo en esta jurisdicción y factures más de $1.739.493, tu local posea más de 200m2 o consumas más de 20.000 KW de energía.
- Convenio multilateral: cuando desarrolles tu actividad en CABA y otras jurisdicciones.
La alícuota o porcentaje a abonar más frecuente es de 3% pero depende de la actividad que realices. El agente de recaudación en la Ciudad Autónoma de Bs. As. es AGIP.
Provincia de Buenos Aires
Si realizas ventas en esta jurisdicción podrás inscribirte en:
- Régimen Local: cuando desarrolles tu actividad solo en esta jurisdicción.
- Convenio multilateral: cuando desarrolles tu actividad en Buenos Aires y otras jurisdicciones.
La alícuota o porcentaje a abonar más frecuente es de 3% pero depende de la actividad que realices. El agente de recaudación en Buenos Aires es ARBA.
Provincia de Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Rios, Jujuy, La Rioja, Mendoza , Rio Negro y Salta
Si realizas ventas en esta jurisdicción podrás inscribirte en:
- Régimen Simplificado cuando desarrolles tu actividad solo en esta jurisdicción, y seas Monotributista.
- Régimen Local: cuando desarrolles tu actividad solo en esta jurisdicción y:
- No sos Monotributista o,
- Sos Monotributista, pero no deseas abonar un importe fijo, sino que preferís abonar un porcentaje sobre según lo facturado.
- Convenio multilateral: cuando desarrolles tu actividad en una y otras jurisdicciones.
La alícuota o porcentaje a abonar más frecuente es de 3,5% pero depende de la actividad que realices.
- El agente de recaudación es ATP (Administración Tributaria Provincial)en Chaco.
- El agente de recaudación es la Dirección General de Rentas Provincia del Chubut (DGR).
- El agente de recaudación es la Dirección General de Rentas de Córdoba (DGR).
- El agente de recaudación es la Dirección General de Rentas de Corrientes (DGR).
- El agente de recaudación es la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER).
- El agente de recaudación es la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy (DPR).
- El agente de recaudación es la Dirección General de Ingresos Provinciales de La Rioja (DGIP).
- La Administración Tributaria de Mendoza (ATM) es el organismo recaudador de la provincia de Mendoza.
- El agente de recaudación es la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro (ART).
- El agente de recaudación es la Dirección General de Rentas de Salta (DGR).
Provincia de Catamarca, Santa Cruz y Santiago del Estero
Si realizas ventas en esta jurisdicción podrás inscribirte en:
- Régimen Simplificado cuando desarrolles tu actividad solo en esta jurisdicción, y seas Monotributista. Abonas una cuota fija mensualmente junto con tu Monotributo.
- Régimen Local: cuando desarrolles tu actividad solo en esta jurisdicción y:
- No sos Monotributista o,
- Sos Monotributista, pero no deseas abonar un importe fijo, sino que preferís abonar un porcentaje sobre según lo facturado.
- Convenio multilateral: cuando desarrolles tu actividad en Catamarca y otras jurisdicciones.
La alícuota o porcentaje a abonar más frecuente es de 3% pero depende de la actividad que realices.
- El agente de recaudación es la Agencia de Recaudación de Catamarca (ARCA).
- El agente de recaudación es la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP).
- El agente de recaudación es la Dirección General de Rentas de Santiago del Estero (DGR).
Provincia de Formosa, La Pampa, Neuquen, San Juan, San Luis y Tucuman
Si realizas ventas en esta jurisdicción podrás inscribirte en:
- Régimen Local: cuando desarrolles tu actividad solo en esta jurisdicción.
- Convenio multilateral: cuando desarrolles tu actividad en Formosa y otras jurisdicciones.
La alícuota o porcentaje a abonar más frecuente es de 3% pero depende de la actividad que realices
- El agente de recaudación la Dirección General de Rentas (DGR) de Formosa.
- El agente de recaudación la Dirección General de Rentas de La Pampa (DGR).
- El agente de recaudación la Dirección General de Rentas (DGR) de Neuquén.
- El agente de recaudación la Dirección General de Rentas (DGR) de San Juan.
- El agente de recaudación la Dirección Provincial de Ingresos Públicos (DPIP) de San Luis.
- El agente de recaudación la Dirección General de Rentas (DGR) de Tucumán.
Provincia de Misiones
Si realizas ventas en esta jurisdicción podrás inscribirte en:
- Régimen Local: cuando desarrolles tu actividad solo en esta jurisdicción.
- Convenio multilateral: cuando desarrolles tu actividad en Misiones y otras jurisdicciones.
La alícuota o porcentaje a abonar más frecuente es de 3,4% pero depende de la actividad que realices. El agente de recaudación la Agencia Tributaria de Misiones (ATM).
Provincia de Santa Fe y Tierra del Fuego
Si realizas ventas en esta jurisdicción podrás inscribirte en:
- Régimen Simplificado cuando desarrolles tu actividad solo en esta jurisdicción, y seas Monotributista.
- Régimen Local: cuando desarrolles tu actividad solo en esta jurisdicción y:
- No sos Monotributista o,
- Sos Monotributista, pero no deseas abonar un importe fijo, sino que preferís abonar un porcentaje sobre según lo facturado.
- Convenio multilateral: cuando desarrolles tu actividad en Santa Fe y otras jurisdicciones.
La alícuota o porcentaje a abonar más frecuente es de 4,5% pero depende de la actividad que realices.
- El agente de recaudación es la Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe (API).
- El agente de recaudación es la Agencia de Recaudación Fueguina (ARF).
Resumen
En resumen, es necesario analizar donde desarrollas tus actividades y donde efectúas tus ventas para determinar el régimen que te corresponde. Es fundamental realizar la inscripción en todas las jurisdicciones que te correspondan para evitar retenciones excesivas por falta de alta.
Cada provincia tiene sus normas y sus alícuotas o porcentajes, por eso es importante contratar a especialistas en el tema para evitar incumplir con obligaciones impositivas o abonar de mas. Además, inscribirte incorrectamente puede implicar intimaciones y reclamos de dinero por parte de las distintas provincias.